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ORDEN FORAL 70/2009, DE 16 DE FEBRERO, DEL CONSEJERO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR, POR LA QUE SE DESARROLLA EL �REA DE TR�FICO Y SEGURIDAD VIAL DEL CUERPO DE LA POLIC�A FORAL, A NIVEL DE BRIGADAS Y GRUPOS Nota de Vigencia

BON N.� 32 - 16/03/2009



  CAP�TULO I. Estructura organizativa del �rea de Tr�fico y Seguridad Vial

  Secci�n 1.�. Estructura general

  Secci�n 2.�. Divisi�n de Seguridad Vial

  Secci�n 3.�. Divisi�n de Atestados e Investigaci�n


  CAP�TULO II. De la implantaci�n operativa


  ANEXOS Nota de Vigencia


Pre�mbulo

Mediante Decreto Foral 103/2008, de 20 de octubre, se modific� parcialmente el Reglamento de Organizaci�n y Funcionamiento de la Polic�a Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 265/2004, de 26 de julio .

El art�culo 12 del mencionado texto reglamentario dispone que corresponde al Consejero de Presidencia, Justicia e Interior la creaci�n, modificaci�n o supresi�n de las Comisar�as, Oficinas de Atenci�n Policial, Brigadas y Grupos, a propuesta del Director General de Interior.

Por su parte, el art�culo 22.2 del Decreto Foral 265/2004, de 26 de julio, modificado por el Decreto Foral 103/2008, de 20 de octubre, estructura el �rea de Tr�fico y Seguridad Vial en las Divisiones de Seguridad Vial y de Atestados e Investigaci�n.

Por todo ello, en uso de las facultades que me confiere la legislaci�n vigente en la materia,

CAP�TULO I. Estructura organizativa del �rea de Tr�fico y Seguridad Vial

Secci�n 1.�. Estructura general

Art�culo 1. Grupos adscritos al �rea Nota de Vigencia.

De forma directa depender� de el �rea de Tr�fico y Seguridad Vial el Grupo de Planificaci�n Operativa de Tr�fico y Seguridad Vial.

Art�culo 2. Grupo de Planificaci�n Operativa de Tr�fico y Seguridad Vial.

1. Corresponde al Grupo de Planificaci�n Operativa de Tr�fico y Seguridad Vial, adscrito directamente al �rea de Tr�fico y Seguridad Vial, la ejecuci�n directa de las tareas policiales siguientes:

a) Asistencia al Jefe del �rea en las tareas de direcci�n, coordinaci�n y control de la actividad de las divisiones.

b) Elaboraci�n de informes previos a las autorizaciones administrativas en materia de tr�fico y transportes.

c) Planificaci�n operativa de los servicios del �rea de Tr�fico y Seguridad Vial.

d) Colaboraci�n con la autoridad de tr�fico y coordinaci�n con otros servicios en la implantaci�n y desarrollo de campa�as de seguridad vial.

e) Coordinaci�n de las unidades operativas que intervengan en operaciones y dispositivos que desarrolle esta �rea de Tr�fico y Seguridad Vial.

f) Cualesquiera otras de an�loga naturaleza que se les pudiera encomendar.

2. El Grupo de Planificaci�n Operativa de Tr�fico y Seguridad Vial tendr� car�cter central.

Art�culo 3. Grupo de Educaci�n Vial Nota de Vigencia.

1. El Grupo de Educaci�n Vial, adscrito directamente al �rea de Tr�fico y Seguridad Vial, ejercer� las siguientes funciones:

a) Impartir y fomentar la educaci�n vial en los diferentes �mbitos de la sociedad.

b) Introducir en las aulas, y posteriormente a nivel pr�ctico, aquellas actitudes, comportamientos y valores que redunden en el fomento de la educaci�n vial.

c) Transmitir e inculcar en la sociedad y en sus diferentes colectivos, aquellos conocimientos t�cnicos y de h�bitos relacionados con la normativa de tr�fico.

d) Acercar al ciudadano tanto la imagen como las tareas que desarrolla la Polic�a Foral de Navarra, para prestar de esa manera un mejor servicio a la sociedad Navarra.

e) Cualesquiera otras de an�loga naturaleza que se les pudiera encomendar.

2; El grupo de Educaci�n Vial tendr� car�cter central.

Secci�n 2.�. Divisi�n de Seguridad Vial

Art�culo 4. Grupos.

1. La Divisi�n de Seguridad Vial, para la mejor eficiencia en la ejecuci�n de sus tareas, se estructura en siete Grupos:

a) Grupo de Seguridad Vial 1.

b) Grupo de Seguridad Vial 2.

c) Grupo de Seguridad Vial 3.

d) Grupo de Seguridad Vial 4.

e) Grupo de Seguridad Vial 5.

f) Grupo de Radar.

g) Grupo de Transportes.

2. La divisi�n de seguridad vial tendr� car�cter central.

Secci�n 3.�. Divisi�n de Atestados e Investigaci�n

Art�culo 5. Car�cter de la Divisi�n de Atestados e Investigaci�n Nota de Vigencia.

La Divisi�n de Atestados e Investigaci�n tendr� car�cter central.

CAP�TULO II. De la implantaci�n operativa

Art�culo 6. Adscripci�n del personal y escalaf�n.

1. Sin perjuicio de lo que en su momento establezca la plantilla org�nica del Cuerpo de la Polic�a Foral de Navarra, confeccionada conforme a los contenidos y procedimientos exigidos por el art�culo 3, apartado 2 , del Reglamento de Provisi�n de Puestos de Trabajo del Cuerpo de la Polic�a Foral de Navarra y en aplicaci�n de lo previsto en la Disposici�n Adicional Primera de dicho Reglamento, en el Anexo de la presente Orden Foral se procede a la adscripci�n del personal a las unidades organizativas que integran el �rea de Tr�fico y Seguridad Vial en los puestos de trabajo en los casos en que la nueva adscripci�n o sus funciones est�n contenidos esencialmente en el puesto anterior.

2. Se reconocer� en el escalaf�n la situaci�n en los puestos anteriores a los de la adscripci�n a la que se hace referencia en el apartado precedente.

Art�culo 7. Procedimientos.

1. Aquellos puestos de trabajo con funciones o tareas nuevas no comprendidas en puestos anteriores se proveer�n por los procedimientos de concurso, concurso espec�fico o libre designaci�n, de conformidad con lo que, en su momento, determine la plantilla org�nica confeccionada con arreglo a los contenidos y procedimiento exigidos por el art�culo 3, apartado 2 , del Reglamento de Provisi�n de Puestos de Trabajo del Cuerpo de la Polic�a Foral de Navarra.

2. Finalizado el proceso previsto en el apartado precedente, el �rgano competente proceder� a la adscripci�n de personal a las correspondientes unidades organizativas de acuerdo con el resultado de dicho proceso.

Art�culo 8. Plantilla.

Las adscripciones resultantes de los procedimientos descritos en los art�culos 6 y 7 de la presente Orden Foral ser�n objeto de inclusi�n, a efectos de plantilla, en la relaci�n de personal fijo, en las condiciones previstas en el art�culo 20 del Texto Refundido del Estatuto de Personal al servicio de las Administraciones P�blicas de Navarra.

Disposici�n Adicional Primera. Funciones Policiales.

Sin perjuicio de las tareas policiales espec�ficas que se encomienden a cada unidad organizativa, deber�n realizarse por el personal adscrito a las mismas cuantas les sean encomendadas, de forma individual o colectiva, en raz�n de las necesidades generales del Cuerpo de la Polic�a Foral.

Disposici�n Adicional Segunda. Unidades.

A los efectos previstos en el Decreto Foral 1/2005, de 10 de enero, por el que se aprueba el reglamento de jornadas, horarios y r�gimen retributivo , las referencias hechas a las unidades reguladas en esta Orden Foral, se entender�n hechas ala Divisi�n de Tr�fico, establecidas en el antedicho Decreto Foral.

Disposici�n Derogatoria �nica

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta Orden Foral.

Disposici�n Final �nica

La presente Orden Foral entrar� en vigor al d�a siguiente de su publicaci�n en el “Bolet�n Oficial de Navarra”.

ANEXOS Nota de Vigencia

ANEXOS Nota de Vigencia

V�nculo a objeto

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