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DECRETO FORAL 169/1993, 31 DE MAYO, POR EL QUE SE CREA LA COMISI�N T�CNICA Y DE SEGUIMIENTO DEL PLAN FORAL DE DROGODEPENDENCIAS Y SE REGULA SU ORGANIZACI�N Y FUNCIONAMIENTO Nota de Vigencia

BON N.� 72 - 11/06/1993



Pre�mbulo

Por acuerdo del Gobierno de Navarra de 29 de junio de 1992 se aprobaron las Basas del Plan Foral de Drogodependencias elaboradas por la Direcci�n General de Salud. En las referidas Bases se prev� la creaci�n por el Gobierno de Navarra de la Comisi�n T�cnica y de Seguimiento del Plan Foral de Drogodependencias con car�cter t�cnico-ejecutivo as� como de coordinaci�n.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Salud y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesi�n celebrada el d�a treinta y uno de mayo de mil novecientos noventa y tres, Decreto:

Art�culo 1

Se crea la Comisi�n T�cnica y de seguimiento del Plan Foral de Drogodependencias.

Art�culo 2

1. La Comisi�n estar� integrada por los siguientes miembros:

- Presidente: El Presidente del Gobierno de Navarra.

- Vicepresidente: E! Consejero de Salud.

- Vocales:

- El Director General de Salud.

- El Director General de Bienestar Social.

- El Director General de Educaci�n;

- El Director General de Interior.

- El Director Gerente del Servicio Navarro de Salud.

- El Director Gerente del Instituto Navarro de Bienestar Social.

- El Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud.

- Un representante del Consejo de la Juventud.

- Un representante del Ayuntamiento de Pamplona.

- Un representante del Ayuntamiento de Tudela.

- Un representante de la Junta de Seguridad de Navarra.

- Un representante de la subcomisi�n de entidades y asociaciones comunitarias de participaci�n, prevenci�n y atenci�n.

- Un representante de la subcomisi�n de Comunidades Terap�uticas y entidades asistenciales de car�cter no gubernamental.

- Vocal-Secretario: El Director T�cnico del Plan Foral de Drogodependencias.

2. Los restantes Departamentos del Gobierno de Navarra designar�n un representante cada uno que participar� en las sesiones, previa convocatoria expresa, y con car�cter de miembros no permanentes cuando sean requeridos.

3. La Delegaci�n del Gobierno en Navarra, el Tribunal Superior de Justicia, la Prisi�n Provincia! y la Comisi�n de Asistencia Social de Navarra podr�n designar un representante cada uno que participar� en las sesiones con car�cter de miembros permanentes.

4. Las subcomisiones que se creen a instancias de la Comisi�n T�cnica y de Seguimiento podr�n designar un representante cada una que participar�n en las sesiones con car�cter de miembros permanentes.

5. La Comisi�n podr� incorporar de forma no permanente a otros representantes que por sus aportaciones t�cnicas puedan ser de inter�s para el asesoramiento y apoyo a las mismas, previa aprobaci�n expresa y convocatoria oportuna a sus sesiones.

6. Todos los miembros de la Comisi�n tendr�n voz y voto con excepci�n de aquellos miembros de car�cter no permanente que actuar�n con voz pero sin voto.

Art�culo 3

1. La Comisi�n se reunir� por convocatoria de su Presidente o a instancia de la mayor�a de sus miembros con voz y voto.

2. La Comisi�n para su mejor funcionamiento podr� elaborar un reglamento propio.

3. Por acuerdo expreso de la Comisi�n podr�n constituirse subcomisiones para el estudio y participaci�n en �mbitos o programas espec�ficos del Plan Foral de Drogodependencias.

Articulo 4

1. Se crean con car�cter permanente las subcomisiones siguientes;

- Subcomisi�n de entidades y asociaciones de participaci�n, prevenci�n y atenci�n en Drogodependencias con implantaci�n en la Comunidad Foral.

- Subcomisi�n de Comunidades Terap�uticas y entidades asistenciales de car�cter no gubernamental.

2. Las subcomisiones estar�n presididas por el Director T�cnico del Plan Foral de Drogodependencias y formar�n parte de ellas un vocal por cada entidad, instituci�n o asociaci�n, reconocidas legalmente, del �mbito tem�tico a que se refiera cada subcomisi�n.

3. Las distintas subcomisiones se reunir�n por convocatoria de su presidente o cuando lo soliciten la mayor�a de sus miembros.

Art�culo 5

Son funciones de la Comisi�n:

- Someter a la aprobaci�n del Gobierno de Navarra el Plan Foral de Drogodependencias, sus programas, los planes anuales de actuaci�n as� como cuantas modificaciones se efect�en en los mismos y que afecten a cuestiones sustantivas.

- Promover cuantas acciones preventivas, asistenciales y de intervenci�n, resulten necesarias en relaci�n con el desarrollo y ejecuci�n del Plan Foral de Drogodependencias.

- Asegurar la m�xima coordinaci�n entre las distintas Administraciones P�blicas en cuanto a planificaci�n, ejecuci�n y seguimiento en el �mbito de programas sobre Drogodependencias.

- Elaborar y aprobar la propuesta anual de actuaciones en el marco del Plan Foral de Drogodependencias y, en su caso, someter lo que proceda a la aprobaci�n del Gobierno de Navarra.

- Realizar el seguimiento y evaluaci�n de! desarrollo y ejecuci�n de las medidas y actividades contenidas en el plan anual.

- Proponer y dise�ar los programas de formaci�n, investigaci�n y promoci�n que se estimen convenientes para el adecuado desarrollo de el Plan Foral de Drogodependencias.

- Supervisar el sistema de informaci�n, registro y vigilancia epidemiol�gica de Drogodependencias.

- Aprobar, para su inclusi�n en el Plan Foral de Drogodependencias, las propuestas que procedan, realizadas por las distintas subcomisiones.

Disposici�n Final Primera

Se faculta al Consejero de Salud, para dictar las disposiciones que sean precisas en desarrollo de lo previsto en el presente Decreto Foral.

Disposici�n Final Segunda

Este Decreto Foral entrar� en vigor el d�a siguiente al de su publicaci�n en el BOLET�N OFICIAL de Navarra

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