Castellano | Euskara | Fran�ais | English
DECRETO FORAL 169/1993, 31 DE MAYO, POR EL QUE SE CREA LA COMISI�N T�CNICA Y DE SEGUIMIENTO DEL PLAN FORAL DE DROGODEPENDENCIAS Y SE REGULA SU ORGANIZACI�N Y FUNCIONAMIENTO
BON N.� 72 - 11/06/1993
Por acuerdo del Gobierno de Navarra de 29 de junio de 1992 se aprobaron las Basas del Plan Foral de Drogodependencias elaboradas por la Direcci�n General de Salud. En las referidas Bases se prev� la creaci�n por el Gobierno de Navarra de la Comisi�n T�cnica y de Seguimiento del Plan Foral de Drogodependencias con car�cter t�cnico-ejecutivo as� como de coordinaci�n.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Salud y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesi�n celebrada el d�a treinta y uno de mayo de mil novecientos noventa y tres, Decreto:
Se crea la Comisi�n T�cnica y de seguimiento del Plan Foral de Drogodependencias.
1. La Comisi�n estar� integrada por los siguientes miembros:
- Presidente: El Presidente del Gobierno de Navarra.
- Vicepresidente: E! Consejero de Salud.
- Vocales:
- El Director General de Salud.
- El Director General de Bienestar Social.
- El Director General de Educaci�n;
- El Director General de Interior.
- El Director Gerente del Servicio Navarro de Salud.
- El Director Gerente del Instituto Navarro de Bienestar Social.
- El Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud.
- Un representante del Consejo de la Juventud.
- Un representante del Ayuntamiento de Pamplona.
- Un representante del Ayuntamiento de Tudela.
- Un representante de la Junta de Seguridad de Navarra.
- Un representante de la subcomisi�n de entidades y asociaciones comunitarias de participaci�n, prevenci�n y atenci�n.
- Un representante de la subcomisi�n de Comunidades Terap�uticas y entidades asistenciales de car�cter no gubernamental.
- Vocal-Secretario: El Director T�cnico del Plan Foral de Drogodependencias.
2. Los restantes Departamentos del Gobierno de Navarra designar�n un representante cada uno que participar� en las sesiones, previa convocatoria expresa, y con car�cter de miembros no permanentes cuando sean requeridos.
3. La Delegaci�n del Gobierno en Navarra, el Tribunal Superior de Justicia, la Prisi�n Provincia! y la Comisi�n de Asistencia Social de Navarra podr�n designar un representante cada uno que participar� en las sesiones con car�cter de miembros permanentes.
4. Las subcomisiones que se creen a instancias de la Comisi�n T�cnica y de Seguimiento podr�n designar un representante cada una que participar�n en las sesiones con car�cter de miembros permanentes.
5. La Comisi�n podr� incorporar de forma no permanente a otros representantes que por sus aportaciones t�cnicas puedan ser de inter�s para el asesoramiento y apoyo a las mismas, previa aprobaci�n expresa y convocatoria oportuna a sus sesiones.
6. Todos los miembros de la Comisi�n tendr�n voz y voto con excepci�n de aquellos miembros de car�cter no permanente que actuar�n con voz pero sin voto.
1. La Comisi�n se reunir� por convocatoria de su Presidente o a instancia de la mayor�a de sus miembros con voz y voto.
2. La Comisi�n para su mejor funcionamiento podr� elaborar un reglamento propio.
3. Por acuerdo expreso de la Comisi�n podr�n constituirse subcomisiones para el estudio y participaci�n en �mbitos o programas espec�ficos del Plan Foral de Drogodependencias.
1. Se crean con car�cter permanente las subcomisiones siguientes;
- Subcomisi�n de entidades y asociaciones de participaci�n, prevenci�n y atenci�n en Drogodependencias con implantaci�n en la Comunidad Foral.
- Subcomisi�n de Comunidades Terap�uticas y entidades asistenciales de car�cter no gubernamental.
2. Las subcomisiones estar�n presididas por el Director T�cnico del Plan Foral de Drogodependencias y formar�n parte de ellas un vocal por cada entidad, instituci�n o asociaci�n, reconocidas legalmente, del �mbito tem�tico a que se refiera cada subcomisi�n.
3. Las distintas subcomisiones se reunir�n por convocatoria de su presidente o cuando lo soliciten la mayor�a de sus miembros.
Son funciones de la Comisi�n:
- Someter a la aprobaci�n del Gobierno de Navarra el Plan Foral de Drogodependencias, sus programas, los planes anuales de actuaci�n as� como cuantas modificaciones se efect�en en los mismos y que afecten a cuestiones sustantivas.
- Promover cuantas acciones preventivas, asistenciales y de intervenci�n, resulten necesarias en relaci�n con el desarrollo y ejecuci�n del Plan Foral de Drogodependencias.
- Asegurar la m�xima coordinaci�n entre las distintas Administraciones P�blicas en cuanto a planificaci�n, ejecuci�n y seguimiento en el �mbito de programas sobre Drogodependencias.
- Elaborar y aprobar la propuesta anual de actuaciones en el marco del Plan Foral de Drogodependencias y, en su caso, someter lo que proceda a la aprobaci�n del Gobierno de Navarra.
- Realizar el seguimiento y evaluaci�n de! desarrollo y ejecuci�n de las medidas y actividades contenidas en el plan anual.
- Proponer y dise�ar los programas de formaci�n, investigaci�n y promoci�n que se estimen convenientes para el adecuado desarrollo de el Plan Foral de Drogodependencias.
- Supervisar el sistema de informaci�n, registro y vigilancia epidemiol�gica de Drogodependencias.
- Aprobar, para su inclusi�n en el Plan Foral de Drogodependencias, las propuestas que procedan, realizadas por las distintas subcomisiones.
Se faculta al Consejero de Salud, para dictar las disposiciones que sean precisas en desarrollo de lo previsto en el presente Decreto Foral.
Este Decreto Foral entrar� en vigor el d�a siguiente al de su publicaci�n en el BOLET�N OFICIAL de Navarra